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Publicada la lista de aprobados del segundo ejercicio de Gestión de la Seguridad Social

Publicada la lista de aprobados del segundo ejercicio de Gestión de la Seguridad Social 1280 1280 admin

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha hecho pública la lista de aprobados del segundo ejercicio de la oposición de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Un total de 184 aprobados, al que hay que sumarle un opositor por el turno de discapacidad. Implica un ligero descenso respecto de la convocatoria anterior, donde el número de aprobados fue de diez personas superior a igual número de plazas.

 

Próximo ejercicio:

5 de septiembre, a las 10:00
horas, en el Centro de Formación de la Seguridad Social, Paseo de la Casa de Campo nº 1,
Pozuelo de Alarcón, 28223 Madrid.

¿Cuánto cobra un Gestor de la Seguridad Social?

¿Cuánto cobra un Gestor de la Seguridad Social? 150 150 admin

Periodo de prácticas.

Una vez superado la fase de oposición, será requisito necesario la superación de la fase del curso práctico. Durante dicho curso se cobrará la cantidad aproximada de 950 € netos. Los cobros se hacen el penúltimo día hábil de cada mes. Hay que tener presente que las nóminas de todos los funcionarios se cierran alrededor del día 13 de cada mes, de forma que si la incorporación como funcionario en prácticas se produce entre ese día y el último día del mes, no se cobrará hasta el penúltimo día del mes siguiente las cantidades correspondientes a los días del mes de incorporación.

Tras la toma de posesión.

Los puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social están clasificados en niveles, y cuanto mayor sea la responsabilidad que lleve aparejado el desempeño del puesto de trabajo mayor será el nivel del mismo. Así, un gestor de la Administración de la Seguridad Social puede ocupar los puestos de trabajo que van desde un nivel 18 o 20 (jefatura de negociado) hasta los de nivel 24 (jefaturas de sección o Directores de Administración), y más ocasionalmente niveles 26 (subdirectores provinciales, en aquellas provincias que admitan que un gestor pueda desempeñar el cargo de subdirector).

Estructura de los puestos de trabajo

Jefe de negociado nivel 18

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Jefe de área nivel 22

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Jefe de sección nivel 22 – tipo 5 (A2/C1)

Jefe de sección nivel 22 tipo 4 (A2/C1)

Jefe de sección nivel 22 tipo 2 (A2/C1)

Jefe de sección nivel 22 tipo 1(A2/C1)

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Jefe de sección nivel 22 (A1-A2)

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Jefe de sección nivel 24

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Director de Administración o CAISS nivel 24

 

Desglose de cantidades.

A continuación detallamos los importes netos aproximados, que podrían variar de unos puestos de trabajo a otros en función de las variaciones en las retenciones fiscales aplicables o en relación al complemento de destino, aunque no serán variaciones sustanciales. 

Con tardes en la península (cantidades NETAS):

  • 18: 1730 € (extension: 1930 €)*.
  • 22 (A1/A2): 1930 €
  • 22 (A2/C1): 1930 € (extensión 2120 €)*
  • 24: 2110 €.
  • Director de Administración o de CAISS 24: 2200 €.

Con tardes en las Islas mayores (cantidades NETAS):

  • 18: 1880 € (extension: 2080 €)*.
  • 22 (A1/A2):  2080 €
  • 22 (A2/C1):  2080 € (extensión: 2270 €)*.
  • 24: 2260 €.
  • Director de Administración o de CAISS 24: 2350 €.

*Cuando se solicite la extensión judicial de sentencia en reclamación de productividad media por ser gestor de doble adscripción (A2-C1). Los funcionarios del subgrupo C1 que desempeñan puestos de doble adscripción (A2-C1) tienen reconocido por la administración un complemento de productividad, que sin embargo no les es reconocido a los funcionarios del subgrupo A2 (gestores) que se encuentren adscritos al mismo puesto de trabajo. Por este motivo es necesario reclamar judicialmente dicho complemento, que es reconocido en la totalidad de los casos cuando se hace mediante la extensión de efectos de sentencia.

**No realizar las tardes implica una pérdida aproximada de 300 € mensuales, lo que implica que un nivel 18 recién ingresado sin tardes puede llegar a cobrar 1450 € netos mensuales. Las tardes implican realizar trabajo una tarde a la semana (martes o jueves) de tres horas.

Es muy importante resaltar que las cantidades citadas son aproximadas y medias y deben de tomarse como orientación, ya que sufrirán variaciones entre las diferentes provincias en función de la productividad obtenida por cada Dirección Provincial, lo que puede implicar oscilaciones de entre 100 o 200 € mensuales en relación a las cuantías referidas anteriormente.

Otros puestos de trabajo más infrecuentes para un Gestor:

  • Niveles 25: alcanzan los 2500 € netos.
  • Niveles 26: normalmente ocupan puestos de asesores técnicos, superan los 2500 € netos.
  • Subdirectores: pueden alcanzar un salario mensual de 2600 € netos (máximo nivel permitido en subgrupo A2, 26).
  • Jefes de URE: pueden alcanzar un salario mensual de 3500 € netos.

El envejecimiento de los funcionarios de la Seguridad Social

El envejecimiento de los funcionarios de la Seguridad Social 800 500 admin

Los recursos humanos de la Administración de la Seguridad Social se encuentran en la fase inicial de un gran cambio, que viene motivado fundamentalmente por dos fenómenos: por un lado las jubilaciones durante los próximos años serán masivas, y por otro la introducción de elementos tecnológicos hará necesario un cambio en el perfil del funcionario que se selecciona, tendiendo a prescindir de aquéllos puestos de trabajo que hasta este momento se centraban en la mecanización de contenidos.

Envejecimiento sin precedentes:

La Administración de la Seguridad Social cuenta en la actualidad con un cuerpo de funcionarios extraordinariamente envejecidos, tanto es así que se estima que en los próximos 13 años se jubila cerca del 80% de plantilla, de los cuales casi el 25% lo hará en menos de 5 años. Esto es consecuencia directa de la entrada masiva de funcionarios en la década de los 80, lo que hace que el grueso de los mismos se muevan en el rango de los 55-60 años (la edad media de los mismos es actualmente de 58 años de edad).

Son datos demoledores, que detallamos a continuación, pero que en cualquier caso nos dan cuenta de aspectos básicos como:

  • En los próximos años se debe producir un auténtico relevo generacional, lo que implicará el acceso de nuevos funcionarios de una manera sostenida en el tiempo durante la próxima década, que ya se ha iniciado con la apertura de oposiciones que estuvieron por mucho tiempo cerradas (tal es el caso, especialmente, de Gestión de la Seguridad Social).
  • Los funcionarios que accedan en la actualidad han de ser conscientes de que el entorno laboral será muy poco jovial, aunque esto cambiará de forma radical en los próximos años. Tanto es así que, por los datos de los que acabamos de dar cuenta, un funcionario que acceda ahora a la Administración de la Seguridad Social con una edad que ronde los 30 años se encontrará con que solo el 3% de los funcionarios tienen menos de 40 años, mientras que dentro de diez años se invertirá completamente la situación de forma que los que ahora entran con esa edad se encontrarán entre el 20% con más antigüedad de toda la Administración de la Seguridad Social, con lo que ello implica respecto de los derechos de promocionar a puestos que quedarán vacantes y que tienen derecho a ocuparlos los funcionarios que cuenten con una mayor antigüedad.

 

A continuación observamos la distribución de funcionarios por grupo de edad y por entidades (contando todos los grupos). Como vemos, el número de funcionarios por debajo de los 30 años de edad no alcanza el 1%, mientras que el grueso se encuentra en el rango de los 50-59, disminuyendo en el siguiente (60-64) ya que la mayor parte de ellos tiende a jubilarse con 63 años.

Número de funcionarios por edades (a 1-07-2019):

INSS:
-30: 61 (0,6%)
30-39: 296 (2,8%)
40-49: 1.261 (11,9%)
50-50: 6.631 (62,6%)
60-64: 2.186 (20,6%)
+64: 160 (1,5%)
total: 10.595

TGSS:
-30: 34 (0,3%)
30-39: 227 (2,2%)
40-49: 992 (9,8%)
50-50: 6.370 (62,7%)
60-64: 2.419 (23,8%)
+64: 121 (1,2%)
total: 10.163

ISM:
-30: 9 (0,7%)
30-39: 53 (3,9%)
40-49: 227 (16,9%)
50-50: 734 (54,6%)
60-64: 294 (21,9%)
+64: 27 (2,0%)
total: 1.344

TOTAL
-30: 104 (0,5%)
30-39: 576 (2,6%)
40-49: 2480 (11,2%)
50-50: 13228 (60%)
60-64: 4899 (22,2%)
+64: 308 (1,4%)
total: 22.102

 

Número de funcionarios por grupo de pertenencia:

Como sabemos, los funcionarios se dividen en grupos: A1, A2, C1 y C2, siendo el de Gestión de la Seguridad Social un cuerpo perteneciente al subgrupo A2.

  • A1: cuerpos técnicos superiores (Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social).
  • A2: cuerpos técnicos medios (Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social)
  • C1: cuerpos administrativos (Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social)
  • C2: cuerpos auxiliares (Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social).

El grueso de los funcionarios pertenecen a los cuerpos C1 y C2, representando en la actualidad el 81,7% del total. El grupo A1 representa el 8,2% y el A2 (Gestores de la Administración de la Seguridad Social) el 10% del total.

2018:

INSS:
A1 – 1081 (10,7%)
A2 – 765 (7,6%)
C1 – 3529 (35%)
C2 – 4697 (46,6%)
E – 18 (0,2%)
total: 10.090

ISM:
A1 – 68 (7,3%)
A2 – 108 (11,6%)
C1 – 284 (30,6%)
C2 – 458 (49,4%)
E – 10 (1,1%)
total: 928

GISS:
A1 – 166 (14,5%)
A2 – 234 (20,4%)
C1 – 611 (53,2%)
C2 – 137 (11,9%)
total: 1148

TGSS:
A1 – 660 (5,9%)
A2- 1387 (12,5%)
C1 – 3971 (35,8%)
C2 – 5066 (45,7%)
E – 10 (0,1%)
total: 11.094

 


 

Total funcionarios en las tres entidades (INSS, ISM y TGSS): 22.020

En los últimos años se viene observando una tendencia inexorable hacia la reducción de los grupos auxiliar y administrativo (C2 y C1). Dichos cuerpos realizan, como sabemos, tareas de puro trámite y en muchos casos, aunque cada vez menos, de mecanización de contenidos, lo que es incompatible con un sistema cada vez más digitalizado. Es importante destacar que en la actualidad las tareas de un gestor, administrativo y auxiliar son difusas, ocupándose en muchas ocasiones todos de las tareas de trámite. El reciclaje de las personas es constante y la introducción de programas informáticos cada vez más evolucionados exige de los cuerpos administrativos la realización de nuevas tareas.

La evolución de los funcionarios por grupos.

Del año 2017 a 2018, arroja los siguientes datos:

INSS
A1: +1,9%
A2: -0,5%
C1: -2,8%
C2: -5,9%

TGSS:
A1: -0,2%
A2: -0,2%
C1: -5,5%
C2: -8,0%

Como observamos en los datos, es llamativa la pérdida de funcionarios en los subgrupos C2 y C1, en tan solo un año, que en gran parte es motivado por la promoción interna desde el grupo C1 al A2. Es de esperar que esta tendencia se mantenga en los próximos años, ganando peso cada vez más el cuerpo A1 y muy especialmente el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

Las estadísticas de la oposición de Gestión de la Seguridad Social

Las estadísticas de la oposición de Gestión de la Seguridad Social 150 150 admin

GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

LIBRE:

Número de plazas:

  • Convocatoria 2016: 42 turno general y 3 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2017: 71 plazas turno general y 4 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2018: 142 plazas turno general y 8 por cupo de reserva
  • Convocatoria 2019: 142 plazas turno general y 8 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2020/2021: 140 plazas turno general y 10 por cupo de reserva (pendiente de convocar: previsto septiembre 2020).

Presentados:

  • Convocatoria 2016: 624
  • Convocatoria 2017: 987
  • Convocatoria 2018: 1182
  • Convocatoria 2019: 1218

Ratios nº de presentados por plaza:

  • Ratio 2016: 14,8
  • Ratio 2017: 13,9
  • Ratio 2018: 8,3
  • Ratio 2019: 8,6

Superan primer examen:

  • Convocatoria 2016: 174 (27,9%)
  • Convocatoria 2017: 284 (28,8%)
  • Convocatoria 2018: 533 (45,1%)
  • Convocatoria 2019: 534 (43,9%)

Superan segundo examen:

  • Convocatoria 2016: 71 y 2 DI
  • Convocatoria 2017: 84
  • Convocatoria 2018: 194 y 2 DI
  • Convocatoria 2019: en curso

 

Superan oposición

  • Convocatoria 2016: 44 (de 42 turno general y 3 por cupo de reserva). Cobertura 100% turno general y 66,6% cupo de reserva).
  • Convocatoria 2017: 59 (de 71 plazas turno general y 4 por cupo de reserva). Cobertura 83,1% turno general y 0% por el cupo de reserva.
  • Convocatoria 2018: 143 (de 142 plazas turno general y 8 por cupo de reserva). Cobertura 100% turno general y 12,5% por el cupo de reserva.
  • Convocatoria 2019: en curso (de 142 plazas turno general y 8 por cupo de reserva).

 

INTERNA:

Número de plazas:

  • Convocatoria 2016: 38 plazas turno general y 2 por cupo de reserva
  • Convocatoria 2017: 9 plazas
  • Convocatoria 2018: 94 plazas turno general y 6 por cupo de reserva
  • Convocatoria 2019: 86 plazas turno general y 5 por cupo de reserva
  • Convocatoria 2020/21: 124 plazas turno general y 7 por cupo de reserva (pendiente de convocar: previsto septiembre 2020).

Presentados:

  • Convocatoria 2016: 775
  • Convocatoria 2017: 473
  • Convocatoria 2018: 900
  • Convocatoria 2019: 610

Ratios nº de presentados por plaza:

  • Ratio 2016: 20,4
  • Ratio 2017: 52,6
  • Ratio 2018: 9,6
  • Ratio 2019: 7,1

Superan primer examen:

  • Convocatoria 2016: 140
  • Convocatoria 2017: 29
  • Convocatoria 2018: 267
  • Convocatoria 2019: 230

Superan oposición

  • Convocatoria 2016: 40 (De 38 plazas turno general y 2 por cupo de reserva). Cobertura 100% turno general y cupo de reserva.
  • Convocatoria 2017: 9 (De 9 plazas). Cobertura 100%.
  • Convocatoria 2018: 100 (De 94 plazas turno general y 6 por cupo de reserva). Cobertura 100% turno general y cupo de reserva.
  • Convocatoria 2019: en curso(De 86 plazas turno general y 5 por cupo de reserva).

 

SUBINSPECTORES LABORALES (ESCALA EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL).

LIBRE:

Número de plazas:

  • Convocatoria 2013: 22 plazas turno general y 2 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2014: 41 plazas turno general y 3 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2015: 72 plazas turno general y 4 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2016: 36 plazas turno general y 2 por cupo de reserva.
  • Convocatoria 2017: 56 plazas por el turno general y 3 por el cupo de reserva.
  • Convocatoria 2018: 105 plazas por el turno general y 6 por el cupo de reserva.
  • Convocatoria 2019: 54 plazas por el turno general y 3 por el cupo de reserva.

Presentados:

  • Convocatoria 2013: 1328
  • Convocatoria 2014: 1299
  • Convocatoria 2015: 1416
  • Convocatoria 2016: 1101
  • Convocatoria 2017: 1107
  • Convocatoria 2018: 1310
  • Convocatoria 2019: 1155

Ratios nº de presentados por plaza:

  • Ratio 2013: 60,4 (22 plazas turno general y 2 por cupo de reserva).
  • Ratio 2014: 31,7 (41 plazas turno general y 3 por cupo de reserva).
  • Ratio 2015: 19,7 (72 plazas turno general y 4 por cupo de reserva).
  • Ratio 2016: 30,6 (36 plazas turno general y 2 por cupo de reserva).
  • Ratio 2017: 19,8 (56 plazas turno general y 3 por cupo de reserva).
  • Ratio 2018: 12,3 (105 plazas turno general y 6 por cupo de reserva).
  • Ratio 2019: 21,4 (56 plazas turno general y 3 por cupo de reserva).

Superan primer examen:

  • Convocatoria 2013: 103 (7,8%)
  • Convocatoria 2014: 126 (9,7%)
  • Convocatoria 2015: 138 (9,7%)
  • Convocatoria 2016: 103 (9,4%)
  • Convocatoria 2017: 113 (10,2%)
  • Convocatoria 2018: 190 (14,5%)
  • Convocatoria 2019: en curso

Superan segundo examen:

Convocatoria 2013: 37

  • Convocatoria 2014: 58
  • Convocatoria 2015: 80
  • Convocatoria 2016: 42
  • Convocatoria 2017: 57
  • Convocatoria 2018: 99
  • Convocatoria 2019: en curso

Superan oposición:

  • Convocatoria 2013: 22
  • Convocatoria 2014: 41 
  • Convocatoria 2015: 66 (cubren el 92% de las plazas)
  • Convocatoria 2016: 36 y 1 por el cupo de reserva.
  • Convocatoria 2017: 54 (cubren el 96% de las plazas)
  • Convocatoria 2018: 86 (cubren el 82% de las plazas)
  • Convocatoria 2019: en curso

¿Qué determina el destino del Gestor de la Seguridad Social?

¿Qué determina el destino del Gestor de la Seguridad Social? 906 906 admin

Según apruebas la oposición.

Una vez superado el proceso selectivo (la fase de oposición y curso selectivo) se ofertarán a los opositores aprobados una lista con las plazas vacantes que se les ofertan. El opositor tendrá que ordenar las vacantes por orden de preferencia, y se asignarán teniendo en cuenta exclusivamente el orden de opositor por la nota obtenida en el proceso en la fase de oposición, es decir, la sumatoria de los tres exámenes.

 

Con posterioridad a haber aprobado la oposición.

  • Comisión de servicios:

La comisión de servicios implica pasar a desempeñar un puesto de trabajo diferente al que corresponde al funcionario, por un periodo determinado, aunque en la práctica es habituales que las comisiones se prorroguen sine die. El puesto de trabajo de origen se mantiene en “propiedad” del que accede a la comisión, pasando a ocupar “temporalmente” el puesto de trabajo objeto de la misma. Cuando el puesto de trabajo al que se accede mediante comisión es de una Dirección Provincial diferente al del puesto de origen, se requiere que la comisión sea autorizada por el Director Provincial de origen y por el Director Provincial de destino, en caso contrario la comisión no sería viable. La comisión deberá ser solicita por el funcionario interesado, ya sea en la Dirección Provincial de origen o en la de pretendido destino.

En la práctica, y dadas las actuales necesidades de personal resulta difícil que una comisión de servicios sea concedida por la Dirección Provincial de origen, siendo más probable que pueda ser concedida si el puesto de origen radica en los Servicios Centrales (SSCC).

  • Concursos:

Cada cierto tiempo, entre dos y tres años normalmente, se ofertan vacantes a las que los funcionarios pueden optar, siendo asignadas por el orden de la puntuación obtenida tras la valoración de unos méritos generales y específicos.

Méritos generales (máximo 60 puntos): 

      • Grado personal: se valora el grado personal adquirido por el funcionario, Este grado corresponde en un primer momento con el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo desempeñado, que variará si se pasa a desempeñar un puesto de trabajo con superior nivel cuando se ocupara el mismo durante dos años, o tres si fueran discontinuos. Se dará una puntuación fija por el grado, que variará según sea superior, igual o inferior al del puesto solicitado. Un gestor de la seguridad social suele acceder a puestos de trabajo con un nivel de complemento de destino 20, aunque alguno de los puestos es de nivel 22
      • Nivel de complemento de destino: cada puesto de trabajo tiene asignado un nivel (que como ya indicamos dará nombre al grado personal en el primer puesto de trabajo a desempeñar por el funcionario en el inicio de su carrera). Se dará una puntuación por cada día desempeñado en el puesto de trabajo con el correspondiente nivel de complemento, que variará dependiendo de si el nivel del puesto es superior, igual o inferior al del puesto solicitado.
      • Experiencia en el desempeño de puestos del mismo área funcional y sectorial que la del puesto solicitado: el área funcional «Prevención de Riesgos Laborales» y área sectorial referida a los Servicios Comunes y Entidades Gestoras. Se dará una puntuación por cada día desempeñado en el puesto de trabajo del mismo área. Esto hace que tengan ventaja en puntos aquellos trabajadores que quieran moverse entre puestos de trabajo de la misma Entidad Gestora o Servicio Común. 
      • Cursos de formación y perfeccionamiento.
      • Antigüedad: se dará una puntuación por cada año completo de trabajo, sin perjuicio de que la antigüedad (por días) se tenga en cuenta como penúltimo criterio para el desempate en el curso.
      • Valoración de supuestos referidos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral:
        • Destino previo del cónyuge funcionario obtenido mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados.
        • El cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años siempre que se acredite fehacientemente por los interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención al menor.
        • El cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

Méritos específicos (máximo 40 puntos):

En este apartado se otorgarán puntos por la experiencia acreditada en la ejecución de las tareas descritas en cada puesto de trabajo por el que se concurse.

Es importante resaltar que este apartado es el más subjetivo de todos, en la medida en que en ocasiones puede producirse la perfilación de un puesto de trabajo orientada a una concreta persona de forma que la experiencia a acreditar para obtener el máximo de puntuación resulte difícilmente acreditable para la mayor parte de los funcionarios aspirantes.

¿Cuáles han sido los destinos de Gestión de la Seguridad Social?

¿Cuáles han sido los destinos de Gestión de la Seguridad Social? 640 426 admin

Convocatorias

A continuación repasamos los destinos que obtuvieron los funcionarios recién aprobados al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social. Comenzamos por el año más reciente (el de la convocatoria de 2018 correspondiente a la oferta de empleo público de 2017 y cuyos aprobados se anunciaron en enero de 2020, y finalizamos por la de 2016, correspondiente a la oferta de empleo público de 2015).

Recordamos que la elección del destino se hace por el orden de nota, de forma que el primero de la lista elige entre las plazas ofertadas (un número igual al de plazas ofertadas y aprobadas en la oposición) y el último de la lista se queda con la plaza que no haya elegido nadie.

En la tabla aparece reflejado el orden de elección por el opositor, de forma que el destino que aparece en primer lugar es el que ha elegido el primero de la lista, el segundo destino fue elegido por el segundo de la lista y así sucesivamente. Le sigue la localidad de destino, el nivel del complemento de destino y la entidad gestora o servicio común al que corresponde la plaza.

CONVOCATORIA DE 2018

https://www.boe.es/boe/dias/2020/01/04/pdfs/BOE-A-2020-96.pdf

  1. Sevilla, 18, INSS
  2. Madrid, 22, TGSS
  3. Valencia, 18, INSS
  4. Madrid, 18, TGSS
  5. Madrid, 18, TGSS
  6. Madrid, 22, TGSS
  7. Soria, 18, INSS
  8. Albacete, 20, INSS
  9. Sevilla, 18, INSS
  10. Madrid, 18, TGSS
  11. Madrid, 18, TGSS
  12. Barcelona, 18, TGSS
  13. Granada, 22, TGSS
  14. Murcia, 18, INSS
  15. Sevilla, 18, INSS
  16. Cadiz, 20, INSS
  17. Madrid, 18, TGSS
  18. Madrid, 18, TGSS
  19. Madrid, 18, TGSS
  20. Salamanca, 22, TGSS
  21. Madrid, 18, TGSS
  22. Salamanca, 18, INSS
  23. Alicante, 20, INSS
  24. Barcelona, 18, TGSS
  25. Córdoba, 20, INSS
  26. Madrid, 20, INSS
  27. Almería, 22, TGSS
  28. Jaén, 20, INSS
  29. Madrid, 18, TGSS
  30. Granada, 18, INSS
  31. Las Palmas de Gran Canaria, 22, TGSS
  32. Madrid, 18, TGSS
  33. Madrid, 20, INSS
  34. Madrid, 18, ISM
  35. Ponferrada, 22, TGSS
  36. Granada, 18, INSS
  37. Madrid, 18, ISM
  38. Madrid, 20, INSS
  39. Oviedo, 18, INSS
  40. Palma de Mallorca, 22, TGSS
  41. Madrid, 18, INSS
  42. Palma de Mallorca, 22, INSS
  43. Valladolid, 18, INSS
  44. Benidorm, 18, INSS
  45. Puerto de Santa María (Cádiz), 18, INSS
  46. Palencia, 18, INSS
  47. Toledo, 22, INSS
  48. Huesca, 22, INSS
  49. Madrid, 18, ISM
  50. Madrid, 18, ISM
  51. Madrid, 18, TGSS
  52. Madrid, 18, INSS
  53. Caspe (Zaragoza), 20, INSS
  54. Málaga, 18, ISM
  55. Santander, 18, INSS
  56. San Sebastián (Guipúzcoa), 22, TGSS
  57. Madrid, 18, Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social.
  58. Santa Cruz de Tenerife, 22, TGSS
  59. Montoro (Córdoba), 20, INSS
  60. Teruel, 18, INSS
  61. Huelva, 18, TGSS
  62. Madrid, 18, ISM
  63. Vélez-Rubio (Almería), 20, INSS
  64. Madrid, 18, Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
  65. Madrid, 18, ISM
  66. Madrid, 18, Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
  67. Zamora, 20, INSS
  68. Madrid, 18, Gerencia de Informática de la Seguridad Social.
  69. Cuenca, 18, INSS
  70. San Sebastián (Guipúzcoa), 18, TGSS
  71. Madrid, 18, Subdirección General de Seguimiento Económico de la Seguridad Social.
  72. Madrid, 18, TGSS
  73. Guadalajara, 18, INSS
  74. Santa Cruz de Tenerife, 22, TGSS
  75. Colmenar Viejo, 18, TGSS
  76. Barcelona, 18, TGSS
  77. Melilla, 18, INSS
  78. Guadalajara, 22, TGSS
  79. León, 18, INSS
  80. Huelva, 18, INSS
  81. Tarragona, 18, INSS
  82. Ripoll (Gerona), 20, INSS
  83. Madrid, 18, TGSS
  84. Gerona, 22, TGSS
  85. Madrid, 18, ISM
  86. Madrid, 18, ISM
  87. Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba), 18, INSS
  88. Ibiza, 22, TGSS
  89. Cádiz, 18, ISM
  90. Alcorcón, 18, TGSS
  91. Aranjuez, 18, TGSS
  92. Valverde del Camino (Huelva), 20, INSS
  93. Alcobendas, 18, TGSS
  94. Madrid, 18, TGSS
  95. La Palma (Tenerife), 22, TGSS
  96. Madrid, ISM, 18
  97. San Martín de Valdeiglesias, 18, Madrid
  98. Las Palmas de Gran Canaria, 22, TGSS
  99. Las Palmas de Gran canaria, 18, TGSS
  100. Madrid, 18, INSS
  101. Madrid, 18, TGSS
  102. Madrid, 18, TGSS
  103. Vitoria, 18, INSS
  104. San Sebastián, 18, ISM
  105. Pozuelo de Alarcón, 18, TGSS
  106. Las Palmas de Gran canaria, 18, INSS
  107. Fuenlabrada, 18, TGSS
  108. Badajoz, 18, INSS
  109. Gerona, 22, TGSS
  110. Las Palmas de Gran Canaria, 18, INSS
  111. Pamplona, 22, TGSS
  112. Leganés, 18, INSS
  113. Torrejón de Ardoz, 18, TGSS
  114. Zafra (Badajoz), 22, TGSS
  115. Santa Cruz de Tenerife, 18, INSS
  116. Pamplona, 18, INSS
  117. Madrid, 18, TGSS
  118. Lleida, 22, TGSS
  119. Pozuelo de Alarcón, 18, TGSS
  120. Alcalá de Henares, 18, TGSS
  121. Logroño, 18, INSS
  122. Las Palmas de Gran canaria, 18, ISM
  123. Caravaca de la Cruz, 18, INSS
  124. Navalmoral de la Mata, 20, INSS
  125. Gerona, 18, TGSS
  126. Santa Cruz de Tenerife, 18, INSS
  127. Colmenar Viejo, 18, TGSS
  128. San Sebastián, 18, INSS
  129. Collado Villalba, 18, TGSS
  130. Lleida, 18, INSS
  131. Santa Cruz de Tenerife, 18, INSS
  132. Gerona, 18, INSS
  133. Barcelona, 18, TGSS
  134. Gerona, 18, TGSS
  135. Burgo de Osma (Soria), 20, INSS
  136. Badalona, 18, TGSS
  137. Hospitalet de Llobregat, 18, TGSS

 

CONVOCATORIA DE 2017

https://www.boe.es/boe/dias/2018/10/16/pdfs/BOE-A-2018-14123.pdf

  1. Madrid, 18, TGSS
  2. La Coruña, 18, INSS
  3. Madrid, 18, INSS
  4. Madrid, 18, INSS
  5. Madrid, 18, TGSS
  6. Madrid, 18, INSS
  7. Madrid, 18, TGSS
  8. Málaga, 22, TGSS
  9. Granada, 18, INSS
  10. Madrid, 18, INSS
  11. Valdepeñas (Ciudad Real), 22, TGSS
  12. Madrid, 18, ISM
  13. Murcia, 18, INSS
  14. Albacete, 18, INSS
  15. Madrid, 18, TGSS
  16. Segovia, 18, INSS
  17. Palencia, 18, INSS
  18. Tarragona, 22, TGSS
  19. Madrid, 18, TGSS
  20. Madrid, 18, TGSS
  21. Madrid, 18, TGSS
  22. Huelva, 18, INSS
  23. Madrid, 18, INSS
  24. Torrevieja, 22, TGSS
  25. Tarragona, 18, INSS
  26. Madrid, 18, ISM
  27. Granada, 18, INSS
  28. Madrid, 18, INSS
  29. Madrid, 18, INSS
  30. Madrid, 18, TGSS
  31. Madrid, 18, ISM
  32. Sevilla, 18, INSS
  33. Los Cristianos (Tenerife), 22, TGSS
  34. Madrid, 18, TGSS
  35. Madrid, 18, INSS
  36. Madrid, 18, INSS
  37. Madrid, 18, TGSS
  38. Madrid, 18, INSS
  39. Madrid, 18, INSS
  40. Mahón (I. Baleares), 22, TGSS
  41. Mataró (Barcelona), 22, TGSS
  42. Lleida, 18, TGSS
  43. Madrid, 18, INSS
  44. Madrid, 18, INSS
  45. San Sebastián, 22, TGSS
  46. Madrid, 18, TGSS
  47. Barcelona, 18, INSS
  48. San Sebastián, 18, INSS
  49. Lleida, 18, TGSS
  50. Las Palmas de GC, 18, INSS
  51. Tarragona, 18, INSS
  52. Tortosa, 18, TGSS
  53. Gerona, 22, TGSS
  54. Gerona, 18, TGSS
  55. Gerona, 18, TGSS
  56. Ibiza 22, TGSS
  57. Las Palmas de GC, 18, TGSS
  58. Gerona, 18, TGSS
  59. Gerona, 18, INSS

CONVOCATORIA DE 2016

https://www.boe.es/boe/dias/2017/09/05/pdfs/BOE-A-2017-10200.pdf

  1. Madrid, 18, TGSS
  2. Murcia, 22, TGSS
  3. Castellón de la Plana, 22, INSS
  4. Valladolid, 22, INSS
  5. Palencia, 22, INSS
  6. Sevilla, 18, TGSS
  7. Madrid, 22, TGSS
  8. Madrid, 18, TGSS
  9. Madrid, 18, TGSS
  10. Benicarló, 22, TGSS
  11. Madrid, 18, TGSS
  12. Las Palmas de Gran canaria, 22, INSS
  13. Antequera, 22, TGSS
  14. Madrid, 18, INSS
  15. Ciudad Real, 22, INSS
  16. Madrid, 18, INSS
  17. Madrid, 18, INSS
  18. Madrid, 18, INSS
  19. Madrid, 18, TGSS
  20. Vitoria, 22, INSS
  21. Bilbao, 22, TGSS
  22. Barcelona, 18, TGSS
  23. Madrid, 18, TGSS
  24. Madrid, 18, TGSS
  25. Madrid, 18, INSS
  26. Madrid, 18, TGSS
  27. Madrid, 18, INSS
  28. Las Palmas de Gran Canaria, 22, ISM
  29. Madrid, 18, INSS
  30. Madrid, 18, TGSS
  31. Alicante, 18, TGSS
  32. Palma de Mallorca, 22, INSS
  33. Madrid, 18, INSS
  34. San Sebastián, 18, INSS
  35. Puerto de La Cruz, 22, TGSS
  36. Móstoles, 18, INSS
  37. Madrid, 18, INSS
  38. Lepe (Huelva), 22, TGSS
  39. Colmenar Viejo, 18, TGSS
  40. Gerona, 22, INSS
  41. San Sebastián, 18, INSS
  42. Barcelona, 22, ISM
  43. Ibiza, 22, TGSS

¿Qué hace un gestor de la Seguridad Social?

¿Qué hace un gestor de la Seguridad Social? 2508 1672 admin

El gestor de la Seguridad Social es un directivo de la Administración de la Seguridad Social. Ocupa puestos de responsabilidad únicamente por debajo del Técnico de la Seguridad Social, dentro del organigrama de las entidades gestoras (Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina) y de la Tesorería General de la Seguridad Social. El gestor de la seguridad social ocupa el segundo escalón de los directivos de la Administración de la Seguridad Social, ya que se trata de un directivo intermedio (el Técnico de la Seguridad Social es el directivo superior). 

Un gestor puede ocupar diferentes puestos: jefe de negociado, de sección, de área, director de administración o de caiss, entre otros más infrecuentes como el de subdirector. Unos de otros se diferencian en el grado de responsabilidad sobre los equipos que gestionan, lo que también tiene una incidencia en las retribuciones a percibir.

Así, podemos diferenciar los siguientes puestos de trabajo a desempeñar por un gestor, atendiendo al grado de responsabilidad y de organización:

  • Jefe de negociado nivel 20.
  • Jefe de área nivel 22.
  • Jefe de sección tipo 5 nivel 22.
  • Jefe de sección tipo 4 nivel 22.
  • Jefe de sección tipo 2 nivel 22.
  • Jefe de sección tipo 1 nivel 22.
  • Jefe de sección nivel 24.
  • Director de Administración o de CAISS nivel 24 
  • Subdirector provincial nivel 26.

Que desempeñe un puesto de un grado inferior o superior dependerá de las carencias de personal y por tanto de las vacantes existentes en la organización a la que el funcionario recale. No obstante, de inicio en el acceso por libre, la mayor parte de los puestos de trabajo ofertados a los recién aprobados serán de nivel 18, 20 o 22, sin perjuicio de que tras la toma de posesión pueda ofrecerse por el Director Provincial una mejora en el puesto de trabajo ofrecido inicialmente y sin perjuicio, lógicamente, de que puedan obtenerse en futuros concursos otras jefaturas.

Respecto del trabajo del día a día del gestor, es importante resaltar la tarea colectiva y la individual.

  • Tarea colectiva: como hemos indicado anteriormente, el gestor es un directivo y ello implica que es función inherente al desempeño de su puesto de trabajo la dirección de equipos de trabajo. 
  • Tarea individual: tienen en común el de intervenir en la parte final de la tramitación mediante su firma, solo compartida en el organigrama administrativo con el Técnico de la Seguridad Social.

Es importante destacar que dadas las carencias de personal del sistema de seguridad social, muchos gestores de la seguridad social se ocupan más de la tarea individual en la tramitación del procedimiento que de la gestión de los equipos de trabajo propiamente dichos, cada vez más descapitalizados. Posiblemente se trate de una situación coyuntural, a la espera de que continúen ampliándose las ofertas de empleo público.

Es una obviedad indicar que las tareas directivas o administrativas indicadas se ejercitan sobre las materias propias de las entidades gestoras o el servicio común de la seguridad social, fundamentalmente prestaciones o recaudación.

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