Tema 51 de la oposición de Gestión de la Seguridad Social

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Tema 51: nociones básicas.

El tema 51 de la oposición de Gestión de la Seguridad Social está dedicado a definir la estructura del Sistema en Regímenes y Sistemas especiales, y los sujetos que forman parte de cada uno de ellos. En éste tema comenzamos a conocer de verdad el sistema, nos metemos de lleno en aspectos que te serán útiles y necesarios en los restantes temas del bloque de seguridad social y que en definitiva conviene tener bien claros desde el principio.

Primer epígrafe: Campo de aplicación del Sistema de Seguridad Social.

¿Qué sujetos quedan comprendidos dentro de la Seguridad Social? ¿tienes que ser trabajador? ¿y siendo estudiante? En éste primer epígrafe se dan respuesta a esas preguntas, y comenzamos diferenciando entre la modalidad contributiva y no contributiva de la seguridad social.

Dentro de la modalidad contributiva, por remisión del artículo 7.1 TRLGSS, definimos los sujetos que tienen cabida en el Sistema:

  • Trabajadores por cuenta ajena.
  • Trabajadores por cuenta propia.
  • Socios de cooperativas de trabajo asociado.
  • Estudiantes.
  • Funcionarios públicos, tanto civiles como militares.

 

Además, posteriormente podemos hacer una serie de precisiones citando varios artículos que matizan la inclusión de ciertos colectivos. Por ejemplo, el artículo 12 del TRLGSS indica que no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en contrario: el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando convivan en su hogar y estén a su cargo. También el artículo 13 TRLGSS que se refiere a los trabajadores con discapacidad empleados en los centros especiales de empleo o el artículo 14 TRLGSS que alude a los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado disfrutan de los beneficios de la Seguridad Social.

También es conveniente indicar que  el TRLGSS contiene una serie de reglas en relación con la posibilidad de exclusión del campo de aplicación del sistema de Seguridad Social, así como el de la prohibición de inclusión múltiple en razón de la misma actividad.

 

Epígrafe 2: Composición del Sistema de Seguridad Social.

En éste apartado aludiremos básicamente a que el sistema de la Seguridad Social viene integrado por los siguientes regímenes:

– Régimen General.
– Regímenes Especiales.

Debemos aludir al artículo 9 y 10 TRLGSS.

Epígrafe 3: El Régimen General de la Seguridad Social.

 

Es de vital importancia el artículo 136 TRLGSS, y el listado de sujetos que forman parte del Régimen General, así como las exclusiones que del mismo hace el artículo 137 TRLGSS y 12 TRLGSS, en éste último caso referente a las relaciones familiares.

 

Epígrafe 4: Regímenes especiales.

¿Qué es un Régimen Especial? A su definición se refiere el artículo 9 y 10 TRLGSS, para posteriormente indicar los Regímenes Especiales existentes en la actualidad, tales como:

a) Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. (título IV LGSS).

b) Régimen Especial de Trabajadores del Mar (Ley 47/2015).

c) Regímenes Especiales de funcionarios públicos, civiles y militares, que, actualmente, son tres:
– Régimen Especial de Funcionarios Civiles del Estado
– Régimen Especial de las Fuerzas Armadas
– Régimen Especial de Funcionarios de la Administración de Justicia.
Estos tres regímenes tienen un tronco común, a efectos de pensiones, constituido por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, si bien el mismo ha quedado configurado como un colectivo cerrado (en cuanto que las nuevas incorporaciones de funcionarios se integran, a efectos de pensiones, en el RGSS) y unos mecanismos diferenciados, de naturaleza mutualista, gestionado por las Mutualidades Generales, que son:

– Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE)
– Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS)
– Mutualidad General Judicial (MUGEJU)

d) Régimen Especial de Estudiantes, constituido por el seguro escolar.

e) Los demás regímenes que determine el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que, en la actualidad, han quedado reducidos al Régimen Especial de la Minería del Carbón.

 

Epígrafe 5: Sistemas especiales.

Aquí simplemente habría que hacer una pequeña definición introductoria del significado del sistema especial, para posteriormente pasar a enumerarlos. ¿y cuáles son?

  • Sistema especial para Empleados de Hogar.
  • Sistema Especial por cuenta ajena agrario.
  • Sistema especial de frutas y hortalizas e industrias de conservas vegetales.
  • Sistema especial para las tareas de manipulado y empaquetado de tomate fresco realizadas por cosecheros exportadores.
  • Sistema especial de la resina.
  • Sistema especial para los servicios extraordinarios de hostelería en Madrid y Barcelona.
  • Sistema especial de los trabajadores fijos discontinuos que prestan sus servicios en las empresas de exhibición cinematográfica, salas de baile, discotecas y salas de fiesta.
  • Sistema especial para los trabajadores fijos discontinuos, que presten servicios en empresas de estudio de mercado y opinión pública.

 

Dificultad del tema.

Es un tema no reviste especial complejidad, si tratamos de dar las definiciones correctas y las enumeraciones que contiene de forma correcta, no tendría que haber mayores inconvenientes en su aprendizaje y posterior desarrollo.

 

 

 

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